FAQ

Courier

¿Que mercancía puede ingresar?
¿Qué mercancías no pueden ingresar a través de esta modalidad?

No deben enviarse mercancias con restricciones legales o administrativas en expediciones comerciales (quiere decir, superior a seis (06) unidades de la misma clase) sin perjuicio de los controles de otras entidades como por ejemplo las autoridades sanitarias, quienes no permiten el ingreso de ningún producto en ninguna cantidad sin el cumplimiento de los registros y autorizaciones previstas en la legislación. De igual forma, no se pueden ingresar mercancias prohibidas en el Convenio de la Unión Postal Universal.

¿Que productos tienen su ingreso prohibido a Colombia?

Por normatividad nacional esta restringido el ingreso a Colombia de los siguientes productos:

  • Armas de fuego
  • Explosivos
  • Gases comprimidos
  • Aerosoles
  • Líquido inflamable
  • Materiales corrosivos
  • Objetos inflados
  • Pornografía
  • Productos alimenticios perecederos
  • Dinero en efectivo
  • Narcóticos
Sobre Tributos Aduaneros?

El envío debe llegar a Colombia con su FACTURA o documento equivalente, presentado por el remitente desde el origen.

El pago de los tributos aduaneros (arancel e impuesto sobre las ventas), se liquida sobre el valor del precio pagado, sumado al valor del flete y el seguro internacional, no sobre el valor por el cual se asegurará el envío. El valor pagado debe corresponder con el de la Factura, y la Factura debe coincidir con el valor declarado en el documento de transporte (guía postal o guia aérea) expedido por la empresa.

Recomendaciones

Todo el contenido de su envió sin excepción debe estar declarado, no se puede omitir información ya que sería causal de decomiso o aprehensión de su carga por parte de la DIAN Artículo 232 Decreto 2685 de 1999.

  1. El envío de TV y/o Monitores es bajo la responsabilidad y autorización escrita del cliente, Ecc Express y su compañía de seguros no se hacen responsables por el daño físico que en el transporte Internacional pueda experimentar.
  2. La consolidación de paquetes debe cumplir con las restricciones de peso, cantidad, valor declarado y medidas autorizadas para envíos Courier.
¿Qué impuestos debo pagar?

Gravamen arancelario del 10% del valor FOB de la mercancía, incluidos fletes y seguros. A este resultado se incrementa el 19 % de IVA.

¿Qué pasa si el envío no cumple con los requisitos?

Que por lo general genera un mayor pago de arancel e IVA debido a que se modifica el valor declarado del envío desde origen.

Cambio de modalidad de envío

Ocurre cuando, habiendo declarado desde origen la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, esta no pueda continuar por no cumplirse los ual, el envío será objeto de traslado a un depósito y deberá someterse a otra modalidad de importación. Estos cambios generan sobrecostos como pagos de bodegaje, obtención de vistos buenos cuando haya lugar, entre otros. Que por lo general genera un mayor pago dearancel e IVA debido a que se modifica el valor declarado del envío desde origen.

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